A- de 2020
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Jorge Luis Colmenares Escobar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Modulación a posteriori de las órdenes proferidas en fallos de tutela ejecutoriados
- Improcedencia de la modulación de efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Modulación de la Sentencia C-567/19.
El peticionario le solicitó a la Corporación que se module el precitado fallo, en el entendido de que los casos de reincidencia se encuentran comprendidos en el artículo 313 numeral 4 inciso 1º de la Ley 906 de 2004.
Considera la Corte que la pretensión es improcedente, pues las modulaciones sobre la temporalidad o contenido de las normas se efectúan al momento del fallo, toda vez que una decisión en tal sentido afectaría el principio de la cosa juzgada constitucional, en tanto implicaría reabrir el debate y fallar sobre algo ya decidido.
Con base en lo anterior, se RECHAZA la modulación pretendida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud de modulacion de la sentencia C- 567 de 2019, formulada por el ciudadano Jorge Luis Colmenares Escobar el tres (03) de febrero de dos mil veinte (2020).
- SEGUNDO. COMUNICAR al solicitante esta decision por la Secretaria General de esta corporacion.
- TERCERO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.